Glosario

Buzón Tributario

Canal electrónico oficial del SAT para notificaciones; debe habilitarse con correo y celular confirmados.

El Buzón Tributario es el sistema de comunicación electrónica del portal del SAT mediante el cual la autoridad notifica actos y resoluciones administrativas y el contribuyente presenta promociones y atiende requerimientos (Art. 17-K del CFF). Para habilitarlo se requiere registrar y confirmar al menos un correo electrónico y un número de celular como medios de contacto. Las notificaciones se tienen por hechas al tercer día hábil tras su depósito, abras o no el buzón. En RESICO 2026 mantenerlo habilitado y actualizado es condición para permanecer en el régimen, y su omisión puede derivar en multas.

Fuentes

Definición de carácter informativo; no constituye asesoría fiscal. Las disposiciones del SAT pueden cambiar; verifica la normatividad vigente. Ver todo el glosario →

Tú también puedes recuperar tu tiempo y crecer tu despacho.

No tienes que seguir trabajando fines de semana para sacar adelante a tus clientes. Hay una forma mejor y estamos listos para mostrártela.