Glosario

Deducciones personales

Gastos personales que reducen la base del ISR en la anual; importante: no aplican para el cálculo de ISR en RESICO.

Las deducciones personales son ciertos gastos (honorarios médicos, hospitalarios y dentales, gastos funerarios, intereses reales de créditos hipotecarios, donativos, colegiaturas dentro de límites, aportaciones voluntarias al retiro y primas de seguros de gastos médicos) que las personas físicas pueden disminuir de su ingreso acumulable en la declaración anual (Art. 151 LISR). Su monto total está topado al menor entre 5 UMA anuales o el 15% del ingreso total, con algunas excepciones. Punto clave para RESICO: las personas físicas en este régimen no aplican deducciones personales en el cálculo de su ISR mensual definitivo; solo podrían usarlas si presentan declaración anual por estar obligadas por otros ingresos.

Definición de carácter informativo; no constituye asesoría fiscal. Las disposiciones del SAT pueden cambiar; verifica la normatividad vigente. Ver todo el glosario →

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